AYUDAS AL SECTOR APÍCOLA DE LA DIPUTACION DE GUADALAJARA

A continuación, os informamos de la subvención al sector apícola que ha convocado la Diputación de Guadalajara, cuyas bases podéis consultar en el siguiente enlace:

https://boletin.dguadalajara.es/boletin/index.php/2-anuncios/51410-CONVOCATORIA-DE-SUBVENCIONES-AL-SECTOR-AP?COLA-DE-LA-PROVINCIA-DE-GUADALAJARA-PARA-EL-A?O-2023

Para cualquier duda que tengáis, podéis pedir información a la Diputación de Guadalajara por teléfono en 949887573 (Ext. 451), en 949887500 (extensiones 403, 408, 452), por email en ebudia@dguadalajara.es lparra@dguadalajara.es y mjgil@dguadalajara.es, o de manera presencial en el centro San José, en la 6ª planta.

 

BENEFICIARIOS

Podrán ser Beneficiarios los apicultores que cumplan los siguientes requisitos:

 

  • Tener 50 o más colmenas, en la provincia de Guadalajara.
  • Tener nº REGA de Castilla-La Mancha, con anterioridad a la solicitud de la ayuda.

 

La concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, consta de un presupuesto de 100.000 € y en ningún caso, la ayuda a conceder superará los DOS MIL EUROS (2.000,00 €) por solicitante.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Podrán ser objeto de la subvención, siempre que no hayan sido subvencionados por otro organismo, los siguientes gastos realizados entre el 1 de enero y 30 de noviembre de 2023:

  1. Adquisición de material y pequeño equipamiento no inventariable, cuyo valor unitario sea inferior a 300 €, IVA incluido.

Concretamente se subvencionarán los siguientes: guantes, mono, mascarilla, botas, polainas, cepillo desabejar, levanta cuadros, media alza, núcleo, frascos, tapas, sacos, recambio de filtros, azufre, cera, etiquetas, alimento para las abejas, fondos sanitarios, cuchillo apicultor, rásquelas, espátulas, alambres para los cuadros, soplador de aire, desoperculador y bebedores de agua.

También se subvencionarán aquellos gastos que tengan como destino la fabricación del material apícola objeto de la subvención, como puede ser madera, clavos o cola, entre otros.

  1. Arrendamiento de pastos.
  2. Formación.
  3. Servicios veterinarios.
  4. Asesoría y gestión contable.
  5. Promoción, Publicidad y Marketing.
  6. Asistencia a Ferias, Salones y otros eventos, que tengan relación con la apicultura. En todo caso, se considerarán gastos no subvencionables los que tengan carácter protocolario (catering, comidas, gastos particulares, etc.).
  7. Pago de las cotizaciones a la Seguridad Social (Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios o Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

 

SOLICITUDES

Los solicitantes de la ayuda deberán presentar la siguiente documentación:

 

  • Anexo I (Impreso de Solicitud).
  • Anexo II (Declaración Responsable).
  • Anexo III (Ficha de Tercero).
  • Anexo IV (Memoria explicativa del gasto para el que se solicita la subvención).
  • Presupuestos (en el caso de que el gasto no se haya realizado), Facturas (en el caso de que gasto se haya realizado) o Recibos (únicamente se aportarán los abonados hasta la fecha de la solicitud, ya que el resto se presentarán en el momento de la justificación, aunque deberá indicarse en la memoria la cuantía total para la que se solicita la ayuda).
  • Fotocopia del NIF.
  • Fotocopia de la 1ª página del libro de explotación.

 

PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 23 de junio.

Las solicitudes y el resto de la información preceptiva habrán de presentarse por cualquiera de los siguientes medios:

Los anexos, junto con la documentación que se explicita en el apartado de solicitudes, deberán incluirse en el paso 3 de la tramitación electrónica del procedimiento (Instancia general).

  • En las oficinas del Registro General de la Diputación Provincial de Guadalajara.

Para ser admitido en la convocatoria, el formulario de solicitud deberá ser grabado y enviado antes de la finalización del plazo establecido.

 

FORMA Y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DEL GASTO

Los beneficiarios de la subvención deberán presentar la cuenta justificativa en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad subvencionada y, en cualquier caso, hasta el 30 de noviembre de 2023, que contendrá la siguiente documentación:

  • Anexo V (Modelo de Justificación).
  • Anexo VI (Gastos subvencionables asociados a la actividad).
  • Anexo VII (Memoria de actividades realizadas).
  • Anexo VIII (Informe de los resultados obtenidos).
  • Facturas y/o Recibos (dependiendo del gasto subvencionable).
  • Documentos acreditativos del pago de las facturas.

 

La justificación del pago podrá realizarse de la siguiente forma:

  • Transferencia bancaria o domiciliación en cuenta.

Se justificarán mediante extracto, adeudo o movimiento bancario acreditativo del cargo, debiendo quedar identificados en ambos casos el ordenante y el beneficiario de la operación, así como el documento justificativo o concepto del gasto abonado, teniendo plena validez los obtenidos por vía telemática.

  • Cheque nominativo o pagaré.

En el caso de pago mediante cheque nominativo o pagaré, los documentos justificativos consistirán en la copia del cheque o pagaré y del extracto de la entidad financiera del cargo en cuenta correspondiente a la operación justificada, debiendo quedar suficientemente detallado el concepto del gasto y la fecha del pago. Asimismo, la empresa que ha prestado el servicio o suministro deberá dejar constancia de la fecha de recepción de dicho cheque o pagaré.

  • Pagos en metálico.

Solo se admitirá el pago en efectivo cuando su importe no sea superior a 300 euros. La justificación del pago de dichos gastos se realizará mediante inclusión en la propia factura del “Recibí” con firma, nombre, NIF y, en su caso, sello del emisor.

La notificación de la resolución se pondrá a disposición a través del Punto de Acceso General o a través del buzón electrónico de la Sede Electrónica de la Diputación de Guadalajara en el siguiente enlace:

https://dguadalajara.sedelectronica.es/?x=cpJYnsupBhO9nSfc1IS16qFmuTe8XzHnBdOfReS43AgkVkILeDb1NSFzJ1q2CBWYmcFssoyW8qWH-JeHkUqnIRdfYSSIvrVIqTRdAGrW82kCJzdcGMio2Y6rPlzWibsVxdDGYfw2CnI